No hay mejor manera de acercarnos a la Historia que a través de los documentos originales. El proceso del Interregno, que concluyó con el llamado Compromiso de Caspe, no iba a ser una excepción. El legajo que tuve la oportunidad de consultar y transcribir en el Archivo de la Diputación de Zaragoza habla por sí mismo y, si hacen un pequeño esfuerzo, verán que se entiende sin dificultad (solo aparecen en latín las primeras líneas). Tras la lectura, mediten lentamente sobre su contenido y saquen sus propias conclusiones.
José Manuel Arcal Royo
CARTA DEL INFANTE FERNANDO DE ANTEQUERA.
Carta del Infante Fernando de Antequera leída en el parlamento del Principado de Cataluña en la sesión celebrada en Barcelona el día 30 de junio del año 1411.
[Archivo de la Diputación de Zaragoza, Archivo Diputación del Reino, Manuscritos, 010]
[507r]
[…]
Ceterum die martis tricesima mensis Junii anno predicto anatiuitate domini Millesimo quadringentesimo vndeci //
[507v]
mo in aula palatii regii pro celebratione dicti parlamenti fuerunt presentes hii quorum nomina inferius sunt inserta
[Sigue la lista de los integrantes del parlamento]
Quibus congregatis vt est moris affuerunt prenominati multum honorabilis ambassiatores domini infantis Castelle et ex ipsius domini infantis parte tradiderunt in dicto parlamento directam cujus tenor et primo epigramatis talis est //
[508v]
A los Reuerendos padres en Christo e a los Condes e vezcondes e varones e nobles Caualleros scuderos e missatgeros de las Cibdades e villas del Principado de Cathalunya a las otras nobles e honorables personas ajustadas en el parlamento del dicho principado de cathalunya
Reuerendos padres en Christo yo El infante don ferrando de Castilla sennor de lara Duque de penal fiel Conde de Alburquerque e de Mayorga E sennor de Castro e sennor de haro vos enbio mucho asaludar esso mesmo a los Condes e Vizcondes e barones e nobles caualleros scuderos e missatgeros de las ciudades e Villas del principado de Cathalunya E a las otras nobles e honorables personas ayuntadas en el parlamento del dicho prinçipado que se tiene en la muy noble çiudad de Barchinona como aquello que mucho amo e preçio e por que querria que dious diesse mucha honra buenaventura bien creo que sabedes e podedes entender e ende ser certificados en como el Rey don Martin mi muy caro e muy amado tio algun poco antes de su fin me enbio vn alguatziro de seylla con letras de crehença yo seyendo stonce en el sitio de Antequera rogandome que me viesse con el dicho Rey mi muy caro e muy amado tio en la Çiudad de Çaragoça do el seria dentro en breue tiempo a fin que el considerando non hauer fillo huno que despues de sus dias a el succedisse en los Reynos e tierras quela Coronareyal de aragon de la qual succession el consentiesse seyer yo apres sus dias intercessario pariente suyo por parte de mi sennora mi madre e de mi aguelo e por muchos titulos e razones que a mi fazeran cerquario successor e fize acercar mu //
[509r]
chos grandes e solempnes letrados por veyer e exterminar si la dicha Corona Reyal daragon a mi pueda pertanyer E todos concordes delliberaron e ouieron por claro en drecho que la dicha succession de los dichos Reynos e tierras pertenecia a mi si el dicho Rey don Martin a mi muy caro e muy amado tio moriesse sin fijo luno e natural por la qual razon yo macorde de veyer me con el dicho Rey mi muy caro e muy amado tio e lo enguera feyto sino que a dios plugo que lo lleuo deste mundo a la su sancta gloria E despuys de su muerte ganada por mila Villade Antequera fue me a la muy noble Çiudad de seuilla a donde fize juntar prelados e maestros en sancta Theologia doctores e otros sabidores en drecho canonico e çiuil los quales vieron exterminaron los testamentos e donationes e otras ordinationes fazientes al drecho de la succession suso dicha assi dela Reynadaragon llamada donya petronilla e de su marido llamado el Conde don Ramon berenguer e de todos los descendientes despues aca ellos assi entregados en sanas e verdaderas conscientias por me declarar si me perteneçia la dicha succession concordables en vno por muchas razones me declararon la dita succession a mi pertanyer lo qual todo quanto al drecho que por mi es creo bien seyer a vosotros e los dichos otros Reynos e tierras de la dicha Corona vos deues ayuntar en vno por conoçer vostro sobirano sennor e yo so certificado que so aquel que deuo seyer por vosotros conocido por sennor assi como aquel que somos cercano en la linea de mi sennora mi madre e del Rey mi aguelo e del dicho Rey mi muy caro e muy amado tio E por muchas razones e titulos a vosotros claramente conocedores como quier que por mi con justo titulo e claro derecho puede seyer tomado ello la possession corporal de los dichos Reynos e tierras //
[509v]
delibere que sobre seyer ello fasta aca entendido que vosotros con gran diligençia e sano e verdadero consejo procederedes conoscer de vn viuo soberano sennor sin dar fauor a alguno dellos que se dizen seyer competitores a la dicha succession E segun he sabido de parte de todos esos Reynos e terras son ajuntados en la Çiutat de Calatayud por tractar e concordar del ajuntamiento que se deuia fazer a donde declarado de yr a las partidas de Çaragoça por continuar esto fechos E como el Arçobispo de çaragoça fuesse vno elegido e deputado de los prinçipales continuando su camino fasta la dicha Çiudad de çaragoça por malas gentes que con sinistre voluntad destorbar el bien publico lo han muerto en el camino de la qual muerte assi malamente fecha si a los malos fechores se da lugar se podria seguir gran turbacion del negotio antedicho por tanto yo faziendo en este caso lo a mi dado e declarado a vostros sanos juyzios la mi intention fago vos saber que contra los tales turbaçiones de tan gran turbacion e negoçio e tan bien publico e contra los mantenedores e deffensores de aquellos vosotros deuedes proceder segun conuiene en el tanto malencoso e deyedo caso no consentiendo a ninguna dilacion que pueda seyer pues que por la dicha muerte por la verdadera conscientia del prinçipal negotio hechados fora todos los principales e sospechosos e fauores desordenados certificando vos que vosotros assi queriendo proceder en los suso dichos negoçios por mi sera dado fauor e empara que por vostras buenas discretiones sera bien visto E seyendo lo contrario que dios vos arredre a mi conuendria fazer vos instancia e proueher razonablemente segun conuiene al mi derecho e bien vostro e de la cosa publica de los Reynos e tierras dela Corona Reyalde Aragon Scripta en la //
[510r]
villa dollit yo gonçalo diego ferres de nudellio de mi sennor el infante la fiz scriuir e yo el infante narde scriui por su mandado